Historia de León

6.8.05

2.2.- La romanización


Después de la conquista romana, el norte de la Península se irá integrando progresivamente en la estructura político-administrativa que permite al Imperio el control y explotación de las tierras conquistadas. La cultura romana, la extensión de la escritura, el latín y el derecho romano, se van superponiendo a las culturas, lenguas y leyes preexistentes.

En cuanto al sistema de poblamiento, muchos castros son abandonados después de la conquista, desapareciendo o trasladándose al llano. Se construyen villas, en ocasiones sobre castros. Se construyen también nuevos castros semejantes a los indígenas y relacionados con la explotación minera o se reagrupan en un solo poblado a habitantes provenientes de pequeños grupos dispersos. Augusto construye nuevas ciudades, como Iuliobriga, Asturica Augusta y Lucus Augusti y se da un fuerte impulso al proceso urbanizador. Finalmente se amurallan las principales ciudades como Bergidum, Lugo, Gijón, Astorga,…Se fortalece el sistema viario basado anteriormente en rutas naturales interconectando los diferentes puntos de poder y explotación.
En cuanto a la organización territorial romana, inicialmente Hispania se encuentra dividida en dos provincias: La Citerior y la Ulterior, que van modificando sus límites a medida que avanza la conquista.

A partir de la época de Augusto (27 a.C.- 14 d. C.), las regiones del Norte se van integrando en la estructura organizativa romana.

En primer lugar, entre los años 16 y 13 a. C., la península se divide en tres provincias: Citerior ó Tarraconense, Bética y Lusitania (estas dos últimas por la división de la Ulterior). Las tierras de ástures y galaicos estaban incluidas en la Lusitania mientras los cántabros y otros pueblos del Norte se incorporaban en la Citerior. Como el proceso de incorporación del Norte a la órbita romana no estaba completado, Augusto decide arrancar a ástures y galaicos de la Lusitania e incorporarlos a la Citerior. En este punto conviene hacer un inciso. Recientemente se encontró en Bembibre un edicto de Augusto en Bronce en el cual se menciona una Provincia Transduriana.

Dependiendo del gobernador de la Tarraconense había tres legados: uno de ellos al mando de dos legiones en Asturia-Gallaecia, otro controlando la región Cántabra hasta los Pirineos y otro, sin tropas, al mando del resto de la provincia. Con Vespasiano se crean nuevas demarcaciones administrativas: los Conventos Jurídicos aunque anteriormente existirían un Prefecto de Gallaecia y otro de Asturia. A pesar de la creación de tres Conventos Jurídicos en el Noroeste: Ástur, Lucense y Bracarense, los tres están al mando de un único Legado Jurídico (Legati Iuridici per Astyriam et Gallaeciam). Para el resto de la Tarraconense la situación es distinta. Desde finales del siglo II, este Legado Jurídico, residente en Asturica Augusta ó Astorga, es además jefe de la Legio VII. Esta ciudad era la cabeza administrativa de todo el Noroeste.

Los Conventos Jurídicos creados en la provincia tarraconense eran: Cartaginense, Tarraconense, Caesaraugustano, Cluniense, Ástur, Lucense y Bracarense.

Uno de los principales hitos de la integración del norte peninsular en Roma es la instalación de la Legio VII en lo que después será León, que se convertirá en el principal centro de control militar romano del Norte peninsular. No debe extrañar, por tanto, que esta ciudad se convierta en la capital del reino asturleonés cuando éste decide expandirse por su prestigio militar y la fortaleza de sus murallas.

En torno al siglo I d. C. se crea la Procuraduría de Asturia et Gallaecia en Asturica Augusta, que como ya vimos, era el centro administrativa del Noroeste.
En la reorganización provincial de Caracalla (198-217) se produce la creación de la provincia Hispania Nova Citerior Antoniana formada por Asturia y Gallaecia, es decir, por los conventos lucense, bracaranse y ástur. Algunos historiadores han añadido también al convento cluniense.

Finalmente, con la reorganización del Imperio realizada por Diocleciano (284-305), se crean las provincias de Bética, Lusitania, Cartaginense, Tarraconense, Gallaecia, Baleárica y Mauritania Tingitana que sobrevivirá a las invasiones germanas del siglo V. La provincia de Gallaecia incluye a las entidades territoriales de Gallaecia y Asturia (con la Legio VII), imponiéndose, como ya vimos, el nombre de Gallaecia al de Asturia. De acuerdo a las crónicas latinas, también Cantabria estaría incluida, así como Tierra de Campos, denominada entonces Campii Gallaeciae. No es de extrañar que los cronistas árabes, papales y francos denominen Galicia a los territorios cristianos controlados por los reyes de Asturias (según sus crónicas Zamora era la ciudad más importante de Gallaecia). No está claro cuál era la capital de esta provincia de Gallaecia. La supremacía episcopal en todo el Noroeste de Astorga y una lápida encontrada inclinarían la balanza hacia esta ciudad, aunque también hay indicios de que podría ser Bracara Augusta, la actual Braga, en Portugal.

2 Comments:

  • Profundizaré en lo de la Provincia Hispania Nova Citerior Antoniniana.

    Lo del Estula, tal vez tenga mejor contexto en la descripción de los ástures.

    En cuanto a lo de Fernando I, he encontrado por ahí que el Cronicón de Silos, numero 80, dice:
    "Ferdinandus deinde, extincto Veremundus, a finibus Galleciae omne regnum suae aitione degitur. Era MLXXV (o sea, 1037 en nuestro calendario actualizado), X kalend julii consecratus est Ferdinandus in ecclesia Beatae Mariae Legionensis , et unctus in regem..."

    By Blogger Taliesin, at 10:36 a. m.  

  • Albricias!
    Ya encontré el documento del que te hablé: es el nº 612 de la Colección Diplomática del Monasterio de Sahagún, y está fechado el 8 de marzo del año de 1060 de nuestra era. Es un documento regio en el que Fernando I y Sancha hacen una permuta con el monasterio de Sahagún. La cita exacta es "ut facimus uobis Gundisaluo abbati uel collegio fratrum sanctorum Facundi et Primitibi in finibus Gallecie, super ripam amnis Ceia (...)"
    Saludines:
    R.Chao

    By Blogger Ricardo Chao Prieto, at 12:51 p. m.  

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